Exhibe el IRCT deslices de notarios al ingresar documentos con errores

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Ramon Mendoza S

Reportero

El Instituto Registral y Catastral de Tamaulipas (IRCT) continúa llevando a cabo el programa interno de negación de documentos con errores que intentan ser registrados por las diversas notarias de Tamaulipas.

Juan Joaquín Ramírez Martínez Director General del instituto dijo que si bien son ciertas que estas prácticas han disminuido, los registradores aplican la negación para su corrección original.

“Los documentos denegados a los notarios públicos es un trabajo día a día en esta oficina, es un trabajo diario, que implica la  responsabilidad que el registrador tiene a la hora de  revisar y evaluar un documento, la denegación o calificadas con defecto que se generan en las oficinas son propiamente en documentos que a su vez son informados al  interesado (notario)” revelo.

Menciono que esto se hace para que en los términos que marca la ley sean subsanados  de una manera económica  para que  vuelva ingresar para que pase por toda la tramitología que tiene el IRCT , sobre todo cuando se habla del orden que debe tener  el ingreso y el tiempo que esto implica.

“Si hay una disminución o denegación en los tramites con defectos que ingresan al IRCT por que también le hemos instruido a nuestros registradores  que en ocasiones seamos un poco más objetivos, que seamos tan estrictos en la revisión que por algunos detalles pudieran considerarse  salvaguardando la seguridad del documento  no tengan razón de ser rechazados”.

En algunas ocasiones, los profesionales de la Notaría tienen que dirimir las pretensiones de los clientes respecto a si lo que buscan es hacer una subsanación por error padecido en el instrumento público autorizado, o por el contrario, formalizar una modificación del título constitutivo vía rectificación, evitando así, en algunos casos, el requisito de la unanimidad.

Sin embargo en los documentos por error, se trata de pequeñas fallas que  tiene el documento que pretende ser ingresado a cada una de las seis delegaciones que tiene el IRCT, ya sea en fecha, número de cuantía,  legajo u otro en específico.

Y por supuesto, como ha indicado la Dirección General del IRCT en acuerdo con los notarios «Es incuestionable la posibilidad de rectificar los errores  en un documento, certificado o  una escritura pública cuando no se ajustan a la realidad y la posibilidad de inscribir tales rectificaciones, siempre que quede suficientemente casualizado el acto correspondiente y, consiguientemente, la razón o causa de la modificación o rectificación, a fin de evitar que por vía indirecta y fraudulenta se puedan alterar las reglas generales que regulan la transmisión de los bienes y derechos”.